Cde. Expte. Nº 4705/00 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese a la entidad peticionante, Centro de Jubilados y Pensionados William C. Morris, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 103.518 por los años 1995, 1996, 1997, 1998, , 1999 y 2000.
Art. 2º: Exímese a la entidad peticionante, Centro de Jubilados y Pensionados William C. Morris, del pago del 40 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 103.518 por el año 2001.
Art. 3º: Autorízase al D.E. a aplicar el porcentaje de eximición establecido en el Art. 53, Inc. e) de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva (50% de la deuda) por el año 2001.
Art. 4º: Si la entidad peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Además, por la deuda de los años anteriores, el D.E. la encuadrará en los alcances de la Ley 12.076.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de 2001.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2263.