Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6589/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Las erogaciones para la cancelación de las deudas reconocidas por las Ordenanzas Nros. 1950, 1951, 2040, 2042 y 2043, se imputarán a la cuenta del Presupuesto de Gastos: 1.1.1.-1.1.2.03.06- Conservación y Reparación de inmuebles, por un monto de $ 50.853,90 (Pesos cincuenta mil ochocientos cincuenta y tres con 90/100), y a la cuenta 1.1.1.-2.5.1.03 Moblajes y artefactos por un monto de $ 12.072 (Pesos doce mil setenta y dos), por un total de $ 62.925,90 (Pesos sesenta y dos mil novecientos veinticinco con 90/100).

Art. 2º: Compénsase el importe de $ 62.925,90 (Pesos sesenta y dos mil novecientos veinticinco con 90/100), de la deuda de la cuenta 2.3.4.-1.1.2.03.07 – Conservación de Calles, Desagües Pluviales y Obras Compl., que cuenta con economía suficiente ($ 201.001,47).

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2294.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window