Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6541/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Asígnase sentido único de circulación a la calle Villegas entre Cañuelas y Dolores de Huici, de SO a NE. El estacionamiento será permitido en el lateral derecho.

Art. 2º: Asígnase sentido único de circulación a la calle Planes entre Dolores de Huici y Cañuelas, de NE A SO. El estacionamiento será permitido en el lateral derecho.

Art. 3º: Asígnase sentido único de circulación a la calle Cañuelas entre Planes y Villegas, de NE a SO. El estacionamiento será prohibido en ambos laterales.

Art. 4º: Anúlanse las paradas de las líneas 390, 463 y 464, actualmente ubicadas sobre la calle Planes esquina Andrés Arguibel, lateral derecho; así como las ubicadas actualmente en Dolores de Huici esquina Villegas, lateral derecho.

Art. 5º: Habilítanse paradas sobre la dársena, antes del cruce con la calle Planes para las líneas 390, 463 y 464 y antes del cruce con la calle Gutemberg para la línea 237.

Art. 6º: Habilítanse paradas sobre la calle Planes, cruzando Dolores de Huici, lateral derecho para las líneas 390, 463 y 464.

Art. 7º: Habilítase una parada para la línea 237 en la calle Dolores de Huici entre Gutemberg y Planes, llegando a Planes, lateral derecho.

Art. 8º: El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Obras Públicas, comunicará a la Dirección de Planificación del Transporte y Tránsito de la Provincia de Buenos Aires y a las empresas, la entrada en vigencia de los artículos precedentes y la localización de las nuevas paradas de colectivos.

Art. 9º: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

Art. 10º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2295.

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