Cde. Expte. Nº 5789/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Mario Michini D.N.I. 93.591.756, del pago del 50 % de la deuda por la tasa de Seguridad e Higiene, incluido multas y recargos, Legajo Nº 83.920, por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 50 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago que no exceda los plazos de la Ordenanza Nº 1368 (Moratoria).
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2496.