Cde. Expte. Nº 3517/99 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Eduardo Rolon, D.N.I. 5.714.247, del pago de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene, incluido multas y recargos, Legajo Nº 95.560 por los años 1995 y 1996 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Asimismo, previo a otorgar la eximición, el D.E. verificará que el local en cuestión no registre actividad comercial y procederá a la baja de oficio del mismo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2533.