Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 4200/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la peticionante, Sra. Nélida Ester Pizzi, D.N.I. 4.480.866, del pago de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene, incluido multas y recargos, Legajo Nº 95.742 por los años 1995 y 1996 respectivamente, según el monto que se desprende a fs. 17 del Expte. Nº 4200/00 H.C.D., (4133-00-0699 D.E.). Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. Asimismo, el D.E. verificará que el local en cuestión no registre actividad comercial y procederá a la baja de oficio del mismo.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2538.

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