Cde. Expte. Nº 7294/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Prorrógase por el término de 90 días la Ordenanza registrada bajo el N° 1760, a partir de la fecha de vencimiento de la Ordenanza registrada bajo el N° 2301.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cinco días del mes de diciembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL N° 2814.