Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7294/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Prorrógase por el término de 90 días la Ordenanza registrada bajo el N° 1760, a partir de la fecha de vencimiento de la Ordenanza registrada bajo el N° 2301.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cinco días del mes de diciembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2814.

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