Cde. Expte. Nº 3521/99 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese a los peticionantes, Sra. Isabel María Huerta, (Viuda de Iglesias), D.N.I. 93.180.836, y Sr. Agustín Iglesias, C.I. 3.900.537, del pago del 25 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 135.597, según el monto que se desprende a fs. 26 del Expte. N° 3521/99 H.C.D., (4133-99-2819 D.E.). Si los peticionantes han realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. Para el año 2002, el D.E. procederá a informar a los peticionantes de los beneficios de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL N° 2818.