Cde. Expte. Nº 3823/99 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Alcibiades Giménez, L.E. 1.731.858, del pago del 75 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 105.819, por los años 1998, 1999, 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 25 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago que no exceda los plazos de la Ordenanza N° 2566 (Moratoria). Para el año 2002, el D.E. procederá a informar al peticionante de los beneficios de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL N° 2830.