Cde. Expte. Nº 6804/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Justo Luciano González Rodríguez, D.N.I. 6.981.435, del pago del 75 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 114.365, por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 25 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago que no exceda los plazos de la Ordenanza N° 2566 (Moratoria). Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL N° 2833.