Cde. Expte. Nº 6541/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Habilítanse paradas de colectivos sobre la calle Cañuelas esquina Villegas, lateral derecho, para las líneas 390, 463, 464 y 237.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL N° 2839.