Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7374/01 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Créase en el ámbito del Municipio de Hurlingham el Consejo Permanente ante la Crisis Económica y Social.

Art. 2°: El mismo estará integrado por el Sr. Intendente Municipal, los funcionarios del D.E. que el disponga, los 20 (veinte) Concejales que integran éste H. Cuerpo, procediendo además a invitar a participar a miembros de organizaciones no gubernamentales (O.N.G.) que realicen actividades relacionadas con las situaciones a tratar.

Art. 3°: El Consejo tendrá por función la elaboración y puesta en marcha de diversas medidas y planes cuyos objetivos estén dirigidos a atemperar los efectos de la profunda crisis económico, social y laboral en la que se encuentra parte de la población de nuestro distrito.

Art. 4°: La Comisión determinará sus normas de funcionamiento y durará mientras no esté resuelto el tema que los convoca.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 2842.

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