Cde. Expte. Nº 5975/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E., arbitrará los medios necesarios para que a través de los organismos competentes, subsane el inconveniente que provoca la irregularidad por la mala construcción de aceras de nuestro Partido de Hurlingham, las cuáles no cumplen con lo establecido en el Art. 4.3.3.1. del C.O.U. respecto a las pendientes de las mismas.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 06/2001.