Cde. Expte. N° 6035/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: El D.E., a través de los organismos competentes, procederá a implementar las medidas necesarias para que se cumplan en forma periódica las resoluciones que a continuación se detallan:
Expte. Nº 2344/98, Resolución 0246/98
Expte. Nº 2345/98, Resolución 0247/98
Expte. Nº 2346/98, Resolución 0248/98
Expte. Nº 2347/98, Resolución 0249/98
Art. 2°: Asimismo, el D.E. arbitrará los medios necesarios para que a través de los organismos correspondientes, se efectúe un informe acerca de las zonas de riesgo de contagio de la enfermedad referida, y procederá a la desratización y desinfección de las mismas.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 112/2001.