Cde. Expte. N° 5984/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: Solicitar al D.E., que arbitre los medios necesarios a efecto de solicitar ante quien corresponda la construcción de rampas de acceso para personas con discapacidades físicas, en cada esquina del radio comprendido por las calles: Garibaldi esquina Villegas, Diagonal de Mayo esquina Mustoni y Diagonal de Mayo esquina Villegas; radio en el cual funcionan el Jardín de Infantes Nº 902, Escuela Nº 6 (ex 27), Jardín Maternal Moños y Corbatas y el Hogar de Niños María de la Esperanza.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 120/2001.