Cde. Expte. Nº 6485/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E., a través de los organismos competentes, procederá a instalar refugios para pasajeros, en las paradas de autotransporte de pasajeros de la línea 390 de Empresa del Oeste ubicadas:
Sobre Av. Conrado Villegas, altura 1314 de la misma, con intersección de las calles Diagonal de Mayo de la localidad de W.C. Morris, Barrio Roca.
Sobre Diagonal de Mayo intersección Mustoni (frente a la escuela Nº6 Yapeyú) de la localidad de W.C.Morris, Barrio Roca.
Sobre Av. Conrado Villegas intersección calle Garibaldi, frente al Hogar de Niños María de la Esperanza y Jardín Maternal Moños y Corbatas, de la localidad de W.C. Morris, Barrio Roca.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de junio de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 262/2001.