Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7118/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E., a través de los organismos competentes, procederá a la construcción de reductores de velocidad en:

Albania entre Bustamante y Malaspina.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los nueve días del mes de noviembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL N° 549/01.

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