Cde. Expte. Nº 7194/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONDEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Deniégase la solicitud efectuada por la Empresa peticionante, Carrefour Argentina S.A., tramitada a fs. 2 del Expte. N° 7194/01 H.C.D., (4133-01-1986 D.E.), según informes obrantes en presentes actuaciones.
Art. 2º: El D.E. intimará a la Empresa al pago de las deudas que pudieran corresponderle, respecto a los Derechos de Publicidad y Propaganda, por el tiempo que estuvo exhibiendo el cartel. Asimismo, tomará las medidas necesarias para el retiro de dicho cartel.
Art. 3°: Una vez cumplimentado lo indicado en los artículos anteriores, infórmese al H.C.D.
Art. 4º: Regístrese, comuníquese al D.E. y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de octubre de dos mil dos.
REGISTRADO BAJO EL N° 157/02.