Cde. Expte. N° 7407/02 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase a la Empresa GAS NATURAL BAN S.A., a la apertura de vereda y ocupación de la vía pública para la ejecución de obra de extensión de red de gas natural que alimentará al Barrio El Destino del Partido de Hurlingham, según Proyecto elaborado por la Empresa Gas Natural Ban STO-HU 304. La obra se encuentra en la zona comprendida por las calles:
Circ. IV- Sección P. Manzana 169b
BOLIVIA entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre Sin nombre y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
Cruce de Calle. SIN NOMBRE entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre Bolivia y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 169c
SIN NOMBRE entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
CUZCO entre Sin Nombre y Marqués de Avilés. 1 cuadra 1 frente.
MARQUES DE AVILES entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 324
CUZCO entre Marqués de Avilés y Tokio. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Chacra 9. Fracción II
PEDRO DIAZ entre Villegas y Acoyte. Parcelas 11k, 11c, 12ª, 12b, 12c, 13ª, 13d, 14, 15, 16, 17 y 18.
ACOYTE entre Pedro Díaz y Andonaegui. Parcelas 11g, 11h, 11k.
Circ. IV. Sección E. Manzana 344b
PADILLA entre El Jagüel y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Padilla y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre El Jagüel y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
Cruce de Calle. BOLIVIA entre Padilla y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Manzana 344ª
PEDRO DIAZ entre el Jagüel y Bolivia. Parcelas 1, 2, 3, 4 y 5.
EL JAGUEL entre Pedro Díaz y Padilla. 1 cuadra 1 frente.
PADILLA entre El Jagüel y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Manzana 343 b
PEDRO DIAZ entre Minoguye y El Jagüel. 1 cuadra 1 frente.
MINOGUYE entre Pedro Díaz y Padilla. 1 cuadra 1 frente.
PADILLA entre Minoguye y El Jagüel. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Padilla y Pedro Díaz. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Manzana 343d
EL JAGUEL entre Padilla y Manzana 343ª. Parcela 21. Parcela 6.
Circ. IV. Sección E. Manzana 343ª
Cruce de Calle. ACOYTE entre Gorriti y Pedro Díaz. 1 cuadra 1 frente. Parcelas 1ª, 30, 29a, 28a, 27ª y 26.
PEDRO DIAZ entre Acoyte y Minoguye. Parcelas 1a, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a y 7ª. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Manzana 343
ACOYTE entre Pedro Díaz y Gorriti. Parcela 21ª.
GORRITI entre Acoyte y El Jagüel. Parcela 21ª. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Padilla y Gorriti. Parcela 21ª.
Circ. IV. Sección E. Manzana 342ª
Cruce de Calle. PEDRO DIAZ entre Sargento Farina y Acoyte. 1 cuadra 1 frente.
SARGENTO FARINA entre Pedro Díaz y Padilla. 1 cuadra 1 frente.
PADILLA entre Sargento Farina y Acoyte. 1 cuadra 1 frente.
ACOYTE entre Pedro Díaz y Padilla. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección E. Chacra 9. Fracción IV
Cruce de Calle. GORRITI entre De la Tradición y Sargento Farina. Parcelas 10ª, 11c, 11d, 11e y 11f.
SARGENTO FARINA entre Gorriti y Pedro Díaz. Parcelas 10ª, 9h, 9j, 9r y 9p.
Circ. IV. Sección P. Manzana 320
SIN NOMBRE entre Gibraltar y Del Fomentista. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre Sin Nombre y Del Fomentista. 1 cuadra 1 frente.
DEL FOMENTISTA entre Sin Nombre y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 322
DEL FOMENTISTA entre Granada y Marqués de Avilés. 1 cuadra 1 frente.
MARQUES DE AVILES entre Granada y Del Fomentista. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 168a
Cruce de Calle. BOLIVIA entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre Sin Nombre y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
SIN NOMBRE entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre Sin Nombre y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 167b
Cruce de Calle. BOLIVIA entre Gibraltar y Granada. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre Sin Nombre y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
SIN NOMBRE entre Granada y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 167a
Cruce de Calle. BOLIVIA entre Granada y Cuzco. 1 cuadra 1 frente.
GRANADA entre Bolivia y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
SIN NOMBRE entre Granada y Cuzco. 1 cuadra 1 frente.
CUZCO entre Sin Nombre y Bolivia. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 166b
Cruce de Calle. GIBRALTAR entre El Jagüel y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
SIN NOMBRE entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre El Jagüel y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Gorriti y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 166a
SIN NOMBRE entre Granada y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre El Jagüel y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Gibraltar y Granada. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 165
Cruce de Calle. SIN NOMBRE entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
GRANADA entre El Jagüel y Sin Nombre. Parcelas 6, 5 y 4.
CUZCO entre El Jagüel y Sin Nombre. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 164
Cruce de Calle. EL JAGUEL entre Gorriti y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre El Jagüel y Minoguye. 1 cuadra 1 frente..
MINOGUYE entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre Minoguye y El Jagüel. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 163
GIBRALTAR entre Minoguye y El Jagüel. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Gibraltar y Granada. 1 cuadra 1 frente.
MINOGUYE entre Gibraltar y Granada. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 162
GRANADA entre Minoguye y El Jagüel. 1 cuadra 1 frente.
EL JAGUEL entre Granada y Cuzco. 1 cuadra 1 frente.
CUZCO entre El Jagüel y Minoguye. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 161
Cruce de Calle. MINOGUYE entre Gorriti y Gibraltar. Parcelas 6, 7, 8, 9 y 10.
GORRITI entre Minoguye y Acoyte. 1 cuadra 1 frente.
ACOYTE entre Gorriti y Gibraltar. Parcelas 1, 24, 23 y 22.
Circ. IV. Sección P. Manzana 160
Cruce de Calle. MINOGUYE entre Granada y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 159
Cruce de Calle. MINOGUYE entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
CUZCO entre Minoguye y Acoyte. 1 cuadra 1 frente.
ACOYTE entre Cuzco y Granada. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 155
Cruce de Calle. JOSE MARIA ESCRIBA DE BALAGUER entre Gorriti y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre José María Escriba de Balaguer y Sargento Farina. 1 cuadra 1 frente.
SARGENTO FARINA entre Gorriti y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
GIBRALTAR entre Sargento Farina y José María Escriba de Balaguer. 1 cuadra 1 frente.
Circ. IV. Sección P. Manzana 152
Cruce de Calle. Gibraltar entre Vernet y Sargento Farina. 1 cuadra 1 frente.
VERNET entre Gibraltar y Gorriti. 1 cuadra 1 frente.
GORRITI entre Vernet y Sargento Farina. 1 cuadra 1 frente.
SARGENTO FARINA entre Gorriti y Gibraltar. 1 cuadra 1 frente.
del Partido de Hurlingham. Pedido formulado por la Empresa GAS NATURAL BAN S.A. a fs. 1 y de acuerdo a Planos N° 1027 y 1036 fjs. 3 y 4, UPCCI N° 115 fj. 5 y Memoria Descriptiva a fj. 8 que consta en el expediente N° 7407/02 H.C.D., (4133-00-1454 D.E.).
La presente, excluye los frentes cuya autorización hubieran sido conferidas por Ordenanzas anteriores; hasta tanto el D.E. promueva el desistimiento y/o la solución jurídica con las Empresas que oportunamente hubieran sido autorizadas a realizar dichas obras.
Art. 2º: En cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza General 165/73, dentro de los 10 (diez) días hábiles administrativos subsiguientes a la notificación de la respectiva Ordenanza, la Empresa deberá constituir una garantía equivalente al 5 % (cinco por ciento) del monto total y efectivizar el equivalente al 1 % (uno por ciento) del mismo, según Art. 56 y 102 de la citada Ordenanza General respectivamente, como así también el 3 % por Derechos de Construcción por Obras en la Vía Pública.
Art. 3º: La Empresa Contratista deberá constituir previo al inicio de los trabajos, una Póliza de Accidente de Trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil que deberá tener validez desde la fecha del Acta de iniciación de las obras hasta la fecha del Acta de Recepción Provisoria.
Art. 4º La Empresa deberá adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de la obra no cause daños y/o perjuicios a terceros o al patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos fueren, en cuyo caso la responsabilidad y reparación serán y estarán a cargo de la Empresa.
Art. 5°: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.
Art. 6º: La Empresa a través de un profesional responsable de los trabajos deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5.920 en lo que respecta a Aportes Previsionales, y el visado del Colegio Profesional correspondiente.
Art. 7º: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de la Contratista en la Dirección de Servicios Públicos dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos.
Art. 8º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 280 (Doscientos ochenta) días corridos, según consta a fj. 1 del Expediente N° 7407/02 H.C.D., (4133-00-1454 D.E.). A tal fin la Empresa deberá comunicar a la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.
Art. 9º: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Servicios Públicos, para lo cual la Empresa deberá proveer durante todo el plazo de obra, de una movilidad para realizar las inspecciones.
Art. 10º: La autorización conferida en la presente Ordenanza, está sujeta al compromiso de la Empresa que la obra a realizar será sin cargo alguno para los vecinos tal como lo informa la misma a fs. 43 de las presentes actuaciones.
Art. 11°: Comuníquese al D.E
Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los ocho días del mes de febrero de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 2844.