Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 4340/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONDEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la peticionante, Sra. Esther Leone, D.N.I. 18.673.154, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 150.089 por los años 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002 respectivamente. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. Para el año 2003 el D.E. procederá a informar de los beneficios de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53° de la Ordenanza Fiscal.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de octubre de dos mil dos.

REGISTRADA BAJO EL N° 3212.

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