Cde. Expte. Nº 8717/02 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese a la peticionante, Sra. Soledad Cámara, (viuda de Castaño), D.N.I. 1.323.007, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 208.293, según el monto que se desprende a fs. 13 a 15 del Expte. N° 8717/02 H.C.D. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los seis días del mes de diciembre de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 3347.