Cde. Expte. Nº 6122/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: Gírase al D.E. el Expte. Nº 6122/02 H.C.D. (4133-00-6031 D.E.), para que a través de los organismos competentes, proceda a realizar una verificación técnica del local en cuestión, para constatar que además del monto mínimo a tributar, la empresa peticionante, Manguera Flex Argentina, esté abonando las diferencias por ventas producidas; tomando como mínimo los últimos años. Cumplido, infórmese a este H.C.D.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham a los veintiocho días del mes de junio de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 203/02.