Cde. Expte. Nº 8734/02 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: El D.E., a través de los organismos competentes, tendrá atención al momento de proyectar el nuevo edificio municipal, todo lo regulado en la Ley 24.314, en especial el Cap. IV y su Decreto Reglamentario, respecto de la accesibilidad exigida por la normativa en cuanto a personas con movilidad reducida y conforme con la Ordenanza N° 0952 H.C.D.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los seis días del mes de diciembre de dos mil dos.
REGISTRADA BAJO EL N° 747/02.