Cde. Expte. Nº 7356/01 H.C.D. y adjto.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Modifícase el Art. 1° de la Ordenanza N° 2829 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 1°: Autorízase al D.E. a establecer para la fracción Circ. IV, Sección A, Parcela Rural 275c, Partida N° 14.874, una zonificación ZI, con los indicadores urbanísticos:
FOT: 1,2 FOS: 0,6 H, máxima 22mts., superficie de terreno absorbente: 15 % de la superficie libre. Uso predominante; Depósito de mercaderías en general en tránsito o no, incluido substancias alimenticias refrigeradas o no containers e isotanques, depósito transitorio de substancias peligrosas, inclusive materiales inflamables y explosivos, cocheras, talleres, oficinas para administración y como uso complementario, lavadero, comedor, dormitorio, despacho de combustible y retiro de frente de 10 mts.
La autorización de la presente Ordenanza queda sujeta a la vigencia de permisos y/o autorizaciones que deban ser expedidos por autoridades nacionales y/o provinciales.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de mayo de dos mil tres.
REGISTRADA BAJO EL N° 3414.