Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7261/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la peticionante, Sra. Irma Alcira Mondo, D.N.I. 13.818.577, del pago del 100% de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 16.021 por los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 respectivamente. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53° de la Ordenanza fiscal.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de mayo de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 3418.

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