Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 9187/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Alberto Rodolfo Avila, L.E. 6.110.781, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 159.729 por los años 2002 y 2003 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por la deuda de los años anteriores se la encuadrará dentro de la Ley 12.076. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 3462.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window