Cde. Expte. Nº 3707/99 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: El D.E. efectuará una campaña intensiva sobre educación vial, conllevando con ella la instalación de señalización de velocidades máximas en las calles y avenidas de nuestro Partido.
Art. 2°: En función del Art. 1°, tomará las medidas necesarias para intensificar la presencia de agentes de tránsito.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de agosto de dos mil tres.
REGISTRADA BAJO EL N° 3561.