Cde. Expte. Nº 9504/03 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a reducir la deuda por la Tasa por Seguridad e Higiene, Legajo N° 300.319 a los valores que dispone la Ordenanza N° 1065. Si dentro de los 30 días de sancionada la presente el peticionante no regulariza su situación con el Municipio, caducará automáticamente el beneficio otorgado por la presente Ordenanza.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de agosto de dos mil tres.
REGISTRADA BAJO EL N° 3565.