Cde. Expte. Nº 9808/03 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar Aprobación de Plano, a favor de los Sres. Julio Jorge Gallo, D.N.I. 12.926.496, y Juan Carlos Alvarez, D.N.I. 7.997.129, de la obra sita en la calle Cetrángolo N° 539, de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección J, Manzana 389, Parcela 6.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 9808/03 H.C.D.
Art. 3º: La autorización concedida en el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a los peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diez días del mes de octubre de dos mil tres.
REGISTRADA BAJO EL N° 3586.