Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 9869/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Cédese al INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a título gratuito y libre de ocupantes, una fracción de terreno identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección P, Rural 391ª, ubicado sobre la calle Malarredo esquina Don Cristóbal, de la localidad de Santos Tesei, del Partido de Hurlingham.

Art. 2°: La presente cesión se efectúa para la ejecución de un conjunto habitacional a financiar por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Convenio oportunamente suscripto entre la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo “Héroes de Malvinas” Ltda. y el I:V.P.B.A., cuyos antecedentes obran en el expediente N° 9869/03 H.C.D., (4133-03-1137 D.E.)

Art. 3: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 3634.

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