Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7598/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1°: El D. E. a través de los organismos competentes procederá a realizar, con los Partidos Vecinos o el que considere oportuno, los Convenios necesarios para que cada Municipio abone los Derechos de Cementerio correspondiente a este Distrito, de las personas fallecidas que por diferentes motivos deban ser inhumadas en el mismo, cuyo último domicilio no corresponda a Hurlingham.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de mayo de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 093/03.

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