Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0941/96 y Adj. 0942/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: El Presidente del H.C.D. se dirigirá ante las autoridades del I.N.S.S.J.y P. (PAMI), para que se mantenga en el Distrito de Hurlingham, la Agencia que posee la mencionada Obra Social en esta zona.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADO BAJO EL Nº 096/96.

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