Cde. Expte. N° 10239/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Establécese que las Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante se realizarán los días viernes, segundo y cuarto de cada mes, a las 11,00 hs., correspondiente al 9° período ordinario, conforme lo establecido en el Art. 68, Inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, el primer día del mes de abril de dos mil cuatro.
REGISTRADO BAJO EL N° 001/04.