Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0006/95 HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: El Departamento Ejecutivo procederá a conceder habilitación comercial a favor de la Sra. María Fermina Corvalan, DNI 16.233.473, domiciliada en A Acuña 1226, de la Ciudad de Santos Tesei; en la explotación del rubro “Café-Bar”, en el local sito en la calle Mustoni esquina Gurruchaga de la Ciudad de Hurlingham.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior, se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el expediente Nº 0006/95 HCD, (Morón-4079-19246/90 DE.; 26521/90 HCD).

Art. 3º: La habilitación que se otorga por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes, dentro de un plazo de 60 días de notificado el peticionante, como así también con las normas relacionadas a Seguridad e Higiene. En caso de incumplimiento, caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el Departamento Ejecutivo a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia en los términos del Capítulo X, de la Ordenanza Nº 11654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 005.

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